El Gobierno Nacional presentó una iniciativa en Diputados que modifica el régimen de subsidios al gas contemplado en la ley de Zonas Frías. La propuesta busca reducir el déficit fiscal, pero podría impactar en localidades salteñas incluidas en el beneficio desde 2021.
El presidente Javier Milei envió a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que recorta el régimen de subsidios al gas establecido en la ley de Zonas Frías. Según el Ejecutivo, la medida apunta a reducir el déficit fiscal y ordenar las cuentas del sistema energético, ya que el 7,5% que se cobra actualmente para financiar los subsidios no alcanza a cubrir el régimen de zona fría, lo que generó “la ruptura de la cadena de pagos a distribuidores y productores”.
Hasta 2021, el subsidio solo beneficiaba a la Patagonia, Malargüe en Mendoza y la Puna. Luego se extendió a localidades de Mendoza, San Juan, San Luis, Salta, Córdoba, La Rioja, Tucumán, Catamarca y cincuenta municipios de la provincia de Buenos Aires con clima frío o templado-frío. Con la restricción propuesta, el texto mantiene el subsidio del 50% para la Patagonia, la Puna y Malargüe. Para el resto de las localidades, incluidas a partir de 2021, se aplicará como criterio el SEF (Segmentación de Energía Fiscalizada), que abarca a hogares con ingresos netos familiares iguales o inferiores al valor de tres Canastas Básicas Totales para un “Hogar 2”, según el Indec.
Entre los fundamentos, el presidente asegura que se busca “garantizar una adecuada segmentación no solo geográfica de los usuarios, sino también socioeconómica, conforme a principios de equidad, uso eficiente de los recursos públicos y responsabilidad fiscal”. Otro punto clave es que el subsidio se pagará sobre el precio del gas, y no sobre el total de la tarifa, y se abonará a distribuidoras y subdistribuidoras de la cadena de cobros para anular el desacople entre la base de recaudación del Fondo y la obligación de pago.
Además, el proyecto crea un mecanismo para saldar las deudas de distribuidoras eléctricas con CAMMESA, acumuladas durante los períodos de emergencia tarifaria. Las empresas deberán desistir de todos los reclamos judiciales como condición para acceder a esa compensación.
