Mediante la resolución 549/2026, el Ejecutivo reemplazó la prohibición por un sistema de control estatal, registro obligatorio y fiscalización para estos productos.
El Gobierno nacional oficializó una profunda modificación en la política de comercialización de productos alternativos de nicotina al aprobar una regulación integral para vapeadores, dispositivos de tabaco calentado y bolsitas de nicotina. La medida fue establecida mediante la resolución 549/2026 y reemplaza el modelo de prohibición vigente por un sistema basado en control estatal, fiscalización y registro obligatorio.
Según explicaron fuentes oficiales, la decisión apunta a reducir el peso del circuito clandestino, que hasta ahora concentraba gran parte de la venta de estos productos sin controles sanitarios ni tributarios. Las autoridades remarcaron que el nuevo esquema permitirá supervisar composición, fabricación, comercialización e importación.
La normativa exige que todos los productos sean registrados oficialmente, con declaración detallada de ingredientes, niveles de nicotina permitidos, procesos de elaboración y cumplimiento de estándares de calidad. Uno de los aspectos centrales será la limitación de saborizantes en vapeadores, considerados por especialistas como un factor clave en el consumo adolescente.
La regulación fue desarrollada de manera conjunta entre organismos vinculados a salud, economía, fiscalización y administración estatal. Además de controlar riesgos para la salud, el nuevo sistema busca incorporar estos productos a un régimen impositivo formal, diferenciando categorías y reforzando la lucha contra el contrabando.
La decisión abre una nueva etapa en torno al consumo de nicotina en Argentina, combinando políticas de reducción del mercado ilegal con mayores herramientas de supervisión estatal.
