El Gobierno, a través de la Secretaría de Trabajo, está intentando consensuar con empresarios y sindicalistas un proyecto de ley para avanzar en la modernización de las relaciones laborales, señalaron fuentes oficiales a Ámbito.
La iniciativa del Poder Ejecutivo tiene como base el proyecto “Ley de Promoción de Inversiones y Empleo”, presentado por la diputada de La Libertad Avanza (LLA), Romina Diez, junto con otros 14 coautores del mismo bloque. Entre ellos, José Luis Espert, uno de los economistas más cercanos al presidente Javier Milei, y Gabriel Bornoroni, presidente del bloque oficialista en la cámara baja.
La intención del primer mandatario es avanzar rápido con reformas estructurales y la aspiración sería lograr que la modernización laboral sea sancionada durante el primer semestre del año.
Sin bien el presidente Milei en todo momento niega que el tipo de cambio esté atrasado, en la intimidad reconoce que la apreciación del peso somete a una mayor presión competitiva a las empresas locales, particularmente a las pymes, de donde considera necesario avanzar en la baja del costo argentino.
La estrategia oficial además contempla que, una vez resuelto el capítulo laboral, estarán dadas las condiciones para enviar al Congreso la reforma al régimen previsional.
Modernización laboral
El proyecto de la diputada Diez contempla en su primer Título la “Modernización Laboral” y propone en tal sentido cambios en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo. 2
Uno se refiere a la “irrenunciabilidad” y postula que “será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales y las convenciones colectivas de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción”.
De esta forma, permitiría que todas aquellas condiciones acordadas por encima de la ley o los convenios colectivos de trabajo, es decir las convenidas entre las partes o por costumbre, pueden ser renunciables por el trabajador.
Prevé modificar el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo proponiendo que “el empleador está facultado para introducir todos aquellos cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo en tanto esos cambios no importen un ejercicio irrazonable de esa facultad, ni alteren modalidades esenciales del contrato, ni causen perjuicio material ni moral al trabajador”. Pero “cuando el empleador disponga medidas vedadas por este artículo, al trabajador le asistirá la posibilidad de optar por considerarse despedido sin causa”.
El proyecto se refiere a “beneficios sociales” como prestaciones no remunerativas y detalladas para trabajadores (como alimentación, reintegro de gastos médicos, ropa de trabajo, útiles escolares, guarderías o capacitación). Postula mejoras en los sistemas de pago, estableciendo modalidades electrónicas y nuevas disposiciones para el registro y la conservación de los recibos de sueldo.
Se introducen cambios en el régimen de vacaciones, permitiendo flexibilidad en su otorgamiento y la fragmentación de los períodos (no inferiores a una semana).
Permite la instrumentación de sistemas de banco de horas, horas extras y otros esquemas flexibles a través de convenios colectivos, y la definición de derechos y plazos en casos de enfermedad o accidente, garantizando el salario durante los períodos de incapacidad y regulando el procedimiento de certificación médica.
Otro capítulo se refiere a la “modernización” de La Ley de Trabajo Agrario.
Bajo el título “Incentivo al empleo”, contempla:
- Bonos de Crédito Fiscal para nuevas contrataciones, por un porcentaje de las contribuciones patronales. Este beneficio se otorgará por 12 meses en distintas proporciones según el tamaño de la empresa (micro: 100%, pequeñas: 75%, medianas: 50% y grandes: 25%.
- La aplicación de los bonos será exclusivamente para contratos que incrementen la nómina total respecto a un período base.
- Suspensión paulatina de planes de asistencia social para quienes ingresen al empleo formal.
- Bonificación del 100% en contribuciones patronales por nuevos empleados provenientes del sector público (con exclusiones para determinados cargos jerárquicos).