La Asociación Argentina de Fiscales expresó su preocupación por el proyecto de reforma de la Ley Provincial N.º 7.138 de Salta, que permitiría suspender preventivamente a magistrados y fiscales sin proceso formal.
La Asociación Argentina de Fiscales (AAF) manifestó su preocupación institucional por el proyecto de reforma de la Ley Provincial N.º 7.138 de Salta, que propone habilitar al Jurado de Enjuiciamiento a suspender preventivamente a magistrados y funcionarios del Ministerio Público incluso antes de la sustanciación formal del proceso. La iniciativa obtuvo modificaciones en la jornada de ayer y volvió al Senado en revisión.
Este proyecto despertó las alarmas en diferentes sectores ante la posibilidad de que esté en riesgo la independencia de los jueces y no se respete el debido proceso. A través de un extenso pronunciamiento, la entidad sostuvo que si bien reconoce la necesidad de contar con mecanismos eficaces de responsabilidad institucional frente a hechos graves, advirtió que esas herramientas deben estar acompañadas de garantías suficientes para evitar que se transformen en instrumentos de presión o condicionamiento funcional.
La Asociación remarcó que el principal riesgo no reside en la existencia de medidas cautelares dentro de un jury, sino en la posibilidad de que una suspensión preventiva sea aplicada en etapas tempranas, sobre la base de denuncias todavía no sustanciadas y con limitaciones al control posterior. “Una suspensión preventiva dispuesta en una etapa inicial, sobre la sola base de una denuncia aún no sustanciada, puede producir efectos equivalentes a una sanción anticipada”, señalaron desde la entidad.
El documento pone especial énfasis en la situación de los fiscales, al considerar que, por la naturaleza de sus funciones, suelen investigar hechos vinculados a corrupción, criminalidad organizada o abusos de poder, lo que podría exponerlos a denuncias maliciosas o estratégicas destinadas a apartarlos de las investigaciones. En ese sentido, la asociación sostuvo que “la independencia fiscal no constituye un privilegio personal o corporativo: es una garantía de la sociedad para que las investigaciones penales puedan avanzar aun cuando comprometan a sectores de poder”.
Según el comunicado, la experiencia argentina demuestra que los procesos de enjuiciamiento pueden generar graves afectaciones institucionales si no cuentan con debido proceso, imparcialidad y revisión judicial efectiva. La asociación citó además precedentes de la Corte Suprema como “Nicosia”, “Brusa”, “Boggiano” y “Goyeneche”, donde se estableció que los procesos de enjuiciamiento no están exentos del control constitucional, aun cuando las normas locales califiquen ciertas decisiones como “irrecurribles”.
Asimismo, el documento invoca estándares internacionales fijados por la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que exigen garantías de estabilidad, protección frente a presiones externas y procedimientos disciplinarios con pleno derecho de defensa. En ese marco, la AAF reclamó que cualquier reforma contemple garantías mínimas como la apertura formal previa de una causa, la acreditación objetiva de gravedad institucional, la existencia de un peligro concreto, audiencias previas, revisión periódica de las suspensiones y control judicial efectivo.
También pidió que se garantice la llamada “inmunidad de criterio”, para impedir que el régimen disciplinario sea utilizado para cuestionar decisiones investigativas o criterios jurídicos de los fiscales, salvo casos de dolo, corrupción o apartamiento manifiesto de sus deberes. Finalmente, la Asociación Argentina de Fiscales exhortó a la Legislatura salteña a revisar el alcance del proyecto e incorporar resguardos expresos que eviten que la suspensión preventiva “se transforme en una sanción anticipada o en una herramienta de presión contra fiscales que investigan hechos de especial relevancia institucional”.
