Los santafesinos tendrán que acudir cuatro veces a votar, sin tener en cuenta un posible balotaje en noviembre.
El gobernador Omar Perotti anunció en febrero que la provincia de Santa Fe iba a desdoblar sus elecciones de las nacionales, con fechas confirmadas para el 16 de julio (PASO) y el 10 de septiembre (generales).
La tercera provincia con más electores del país deberá renovar los cargos de gobernador y vicegobernador, 50 diputados provinciales, 19 senadores provinciales, 46 intendentes municipales, concejos municipales en 60 ciudades y comisiones comunales en 305 pueblos.
Asimismo, durante las elecciones presidenciales la provincia de Santa Fe deberá renovar 10 bancas en la Cámara de Diputados, solo superado por la Provincia de Buenos Aires (35) y la Ciudad de Buenos Aires (12).
En el mismo sentido, Santa Fe deberá renovar los intendentes en los siguientes municipios: Arroyo Seco, Avellaneda, Calchaquí, Cañada de Gómez, Capitán Bermúdez, Carcaraña Casilda, Ceres, Coronda, Esperanza, Firmat, Frontera, Funes, Gálvez, Granadero, Baigorria, Laguna Paiva, Las Parejas, Las Rosas, Malabrigo, Monte Vera, Pérez, Pueblo Esther, Rafaela, Reconquista, Rosario, Rufino, San Carlos Centro, San Cristóbal, San Genaro, San Javier, San Jerónimo Norte, Sunchales, Tostado, Totoras, Venado Tuerto, Vera, Villa Cañas, Villa Constitución, Villa Gobernador Gálvez y Villa Ocampo.
Elecciones 2023: ¿cuándo se vota en Santa Fe?
Los santafesinos deberán acudir por lo menos cuatro veces a las urnas teniendo en cuenta las elecciones presidenciales pautadas para el 13 de agosto (PASO) y el 22 de octubre (generales).
Esto sin contar un posible balotaje el 19 de noviembre, ya que debe ser “dentro de los 30 días siguientes a la realización de la elección general”, según estipula el artículo 96 de la Constitución Nacional.
Elecciones 2023: ¿quiénes están exentos de votar en los próximos comicios?
Si está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional (Si no podés ir a votar por motivos de salud, hay que justificarlo el mismo día de la elección por medio de un certificado expedido por un hospital público nacional, provincial o municipal, y en ausencia de éstos, por una o un profesional de la salud particular).
Si el día de los comicios se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justifica ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
Si es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones está impedido de asistir a votar.
Si es juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tiene que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.